El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) podrá sesionar legalmente con sólo cuatro comisionados de los tres que integran el Pleno, así lo ordenó la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Los togados rechazaron la determinación de la ministra Loretta Ortiz Ahlf, quien negó al organismo autónomo la posibilidad de sesionar con cuatro comisionados.
Ante ello, el INAI interpuso un recurso de reclamación, lo cual declararon parcialmente fundado, y así podrán reanudarse los trabajos, tras cinco meses de inactividad del Pleno.
La ministra Yasmín Esquivel Mossa votó en contra de la resolución y la ministra Loretta Ortiz se ausentó de la misma.
Con la suspensión se consideró que no existe “motivo válido” para inaplicar temporalmente el artículo 33 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LFTAIP), que establece que el pleno del Instituto está integrado por siete comisionados con voz y voto, y que las sesiones serán válidas con la asistencia de cuando menos cinco comisionados, incluyendo al comisionado presidente.