La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la penalización del aborto contemplada en el Código Penal Federal, ya que viola los derechos humanos de las mujeres y personas con capacidad de gestar.
El recurso resuelto por la Primera Sala derivó de un amparo contra el Congreso de la Unión y el Ejecutivo federal, promovido por integrantes del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE).
Dicho recurso fue por criminalizar la interrupción legal del embarazo, lo cual los magistrados analizaron y concluyeron que ninguna mujer o persona gestante, ni al personal de salud, se le podrá castigar por abortar, señaló en un comunicado la organización feminista.
De esta forma, cualquier institución de salud en el país, (IMSS, ISSSTE, Pemex, entre otras), deben brindar el servicio de aborto a todas las mujeres y personas con capacidad de gestar que lo soliciten.
Asimismo, establece que a ningún trabajador del sector de salud se le podrá criminalizar por brindar dicho servicio.